Frank Brugal – Derechos Personas Ciegas

Frank Brugal: Derechos de Personas con Discapacidad Visual que Todo Dominicano Debe Conocer
Frank Brugal A.

Frank Brugal: Derechos de Personas con Discapacidad Visual que Todo Dominicano Debe Conocer

Por Frank Brugal A. | Consultor y Activista Social

La Realidad: Derechos que Existen en Papel, No en Práctica

En 38+ años asesorando empresas sobre cumplimiento normativo internacional, he aprendido algo fundamental: leyes sin aplicación son solo palabras bonitas.

República Dominicana tiene marco legal robusto protegiendo derechos de personas con discapacidad visual. Ha ratificado tratados internacionales. Tiene leyes nacionales específicas.

Pero 200,000 personas ciegas viven como si esas leyes no existieran.

¿Por qué? Porque:

  • ❌ Ciudadanos desconocen sus derechos
  • ❌ Gobierno no fiscaliza cumplimiento
  • ❌ Empresas ignoran obligaciones
  • ❌ No hay consecuencias por violar derechos

Esta guía cambia eso. Te voy a explicar exactamente qué derechos tienes, qué dice la ley, y cómo exigir cumplimiento.

“Conocer tus derechos no es lujo intelectual. Es herramienta de supervivencia. Si no sabes qué te corresponde por ley, nunca lo recibirás.” – Frank Brugal A.

Marco Legal: Protecciones Internacionales y Nacionales

📜 Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (ONU, 2006)

RD ratificó en 2009. Esto significa que es LEY VINCULANTE en el país.

Artículos clave:

  • Artículo 9: Derecho a accesibilidad (infraestructura, transporte, información)
  • Artículo 24: Derecho a educación inclusiva
  • Artículo 27: Derecho a trabajo en igualdad de condiciones
  • Artículo 30: Derecho a participar en vida cultural, recreación, deporte
📜 Ley 5-13 sobre Discapacidad en República Dominicana (2013)

Ley nacional que desarrolla la Convención ONU para contexto dominicano.

Garantías específicas:

  • Artículo 21: Educación gratuita y obligatoria
  • Artículo 36: Cuota laboral 5% en sector público
  • Artículo 45: Accesibilidad obligatoria en espacios públicos
  • Artículo 54: Transporte público accesible
  • Artículo 71: Sanciones por discriminación
📜 Constitución de la República Dominicana (2010)

Artículo 58: Protección integral de personas con discapacidad

“El Estado promoverá, protegerá y asegurará el goce de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad, en condiciones de igualdad…”

Tus Derechos Específicos Como Persona Ciega en RD

1. Derecho a Educación Accesible

Lo que la ley dice:

✅ Educación GRATUITA desde nivel inicial hasta superior
✅ Material educativo en formatos accesibles (Braille, audio)
✅ Tecnología asistiva provista por el Estado
✅ Maestros capacitados en educación especial
✅ Adaptaciones razonables en exámenes

La realidad actual:

❌ Solo 8 escuelas especializadas en todo el país
❌ 90%+ niños ciegos sin acceso a educación formal
❌ Material en Braille escaso o inexistente
❌ Maestros sin capacitación adecuada
❌ Universidades mayormente inaccesibles

2. Derecho a Empleo Digno

Lo que la ley dice:

✅ 5% de puestos en sector público DEBEN ser para personas con discapacidad
✅ Incentivos fiscales para empresas que contraten
✅ Prohibición de discriminación laboral
✅ Adaptaciones razonables obligatorias
✅ Igualdad salarial

La realidad actual:

❌ Cuota del 5% NO se cumple (sin fiscalización)
❌ Incentivos fiscales no implementados
❌ Discriminación laboral rampante sin consecuencias
❌ 85% sin empleo digno
❌ Cuando empleados, salarios inferiores al promedio

3. Derecho a Accesibilidad Física

Lo que la ley dice:

✅ Aceras con señalización táctil
✅ Semáforos con señales auditivas
✅ Transporte público accesible
✅ Edificios públicos con rampa y señalización Braille
✅ Espacios comerciales accesibles

La realidad actual:

❌ 0% de aceras con franjas táctiles
❌ 0 semáforos auditivos funcionando
❌ 95% del transporte público inaccesible
❌ Edificios públicos mayormente inaccesibles
❌ Comercios sin adaptaciones

4. Derecho a Salud

Lo que la ley dice:

✅ Atención médica prioritaria
✅ Tratamientos oftalmológicos gratuitos
✅ Rehabilitación visual sin costo
✅ Ayudas técnicas provistas (bastones, lupas, etc.)
✅ Información médica en formatos accesibles

La realidad actual:

❌ Largas esperas sin priorización real
❌ Tratamientos costosos, pocos cubiertos
❌ Rehabilitación limitada o inexistente
❌ Ayudas técnicas escasas, no distribuidas
❌ Recetas e indicaciones médicas inaccesibles

5. Derecho a Participación Social y Cultura

Lo que la ley dice:

✅ Acceso a eventos culturales, deportivos, recreativos
✅ Bibliotecas con material en Braille/audio
✅ Cines con audiodescripción
✅ Museos con tours táctiles
✅ Participación en deportes adaptados

La realidad actual:

❌ Mayoría de eventos culturales inaccesibles
❌ Bibliotecas sin material adaptado
❌ 0 cines con audiodescripción regular
❌ Museos sin tours accesibles
❌ Deportes adaptados sin apoyo gubernamental

Violaciones Comunes de Derechos

Discriminación Laboral

Ejemplos:

  • “No podemos contratarte porque eres ciego”
  • Rechazo sin considerar capacidades reales
  • Salario inferior por mismo trabajo
  • Negativa a proveer tecnología asistiva básica

Esto es ILEGAL. Ley 5-13 Artículo 71: Multas de 5-50 salarios mínimos.

Negación de Educación

Ejemplos:

  • Escuela rechaza estudiante ciego
  • Universidad no provee material adaptado
  • Exámenes sin adaptaciones razonables
  • Falta de maestros capacitados

Esto es ILEGAL. Educación es derecho constitucional fundamental.

Espacios Públicos Inaccesibles

Ejemplos:

  • Edificio gubernamental sin rampa accesible
  • Hospital sin señalización táctil/Braille
  • Banco sin opciones accesibles de servicio
  • Plaza comercial sin guía táctil

Esto es ILEGAL. Ley 5-13 Artículo 45 exige accesibilidad obligatoria.

Cómo Exigir Tus Derechos: Guía Práctica

🎯 Pasos para Hacer Valer tus Derechos

Paso 1: Documenta la Violación

✅ Fecha, hora, lugar exacto
✅ Nombres de personas involucradas
✅ Testigos (si hay)
✅ Grabación de audio (legal en RD si eres parte de conversación)
✅ Fotos/videos de barreras físicas

Paso 2: Queja Formal Escrita

Presenta queja escrita a:

  • Empresa/institución directa: Carta formal describiendo violación y solicitando corrección
  • CONADIS (Consejo Nacional de Discapacidad): Ente rector del tema
  • Defensoría del Pueblo: Protege derechos fundamentales
  • Ministerio de Trabajo: Para casos laborales

Paso 3: Plazos y Seguimiento

✅ Da plazo de 15-30 días para respuesta
✅ Envía copia a múltiples instancias simultáneamente
✅ Guarda comprobantes de envío
✅ Haz seguimiento semanal

Paso 4: Escalamiento

Si no hay respuesta o es insatisfactoria:

  • Denuncia pública: Redes sociales, medios de comunicación
  • Acción legal: Demanda por discriminación (busca abogado pro-bono)
  • Presión colectiva: Contacta organizaciones de personas ciegas

Paso 5: Contacta Fundación Frank Brugal

Ofrecemos:

  • Asesoría sobre cómo proceder
  • Conexión con abogados especializados
  • Amplificación mediática de tu caso
  • Apoyo en proceso de denuncia

WhatsApp: 829-342-4652

Casos Ganados: Cuando se Exigen Derechos, se Cumplen

Caso 1: Universidad Obligada a Proveer Material Accesible

Situación: Estudiante ciego matriculado en universidad privada. Profesores se negaban a proveer PDFs de materiales (fácilmente convertibles a audio con lectores de pantalla).

Acción: Estudiante presentó queja formal a Rectoría citando Ley 5-13. Universidad ignoró. Escaló a CONADIS y medios.

Resultado: Universidad cedió en 2 semanas. Ahora tiene política institucional de accesibilidad. Precedente para otros estudiantes.

Caso 2: Banco Multado por Discriminación

Situación: Persona ciega rechazada para cuenta bancaria. Gerente dijo “no podemos servir a personas que no ven”.

Acción: Grabó conversación. Presentó denuncia a Superintendencia de Bancos y CONADIS.

Resultado: Banco multado RD$150,000. Obligado a capacitar personal. Persona obtuvo su cuenta + compensación.

Caso 3: Gobierno Local Instala Franjas Táctiles

Situación: Zona comercial totalmente inaccesible para personas ciegas.

Acción: Organización de ciegos presentó petición formal a alcaldía con 500 firmas, citando Ley 5-13.

Resultado: Alcaldía instaló franjas táctiles en 5 cuadras principales. Primera zona accesible de la ciudad.

“Estos casos prueban algo fundamental: cuando personas ciegas conocen sus derechos y los exigen con persistencia, instituciones ceden. No por bondad. Por obligación legal.” – Frank Brugal A.

Recursos Útiles

Instituciones donde Denunciar

  • CONADIS: 809-688-4827 | conadis@conadis.gob.do
  • Defensoría del Pueblo: 809-686-7240
  • Ministerio de Trabajo: 809-535-4404
  • Ministerio de Educación: 809-688-9700

Organizaciones de Apoyo

  • Patronato Nacional de Ciegos: Organización gubernamental principal
  • Fundación Frank Brugal: Apoyo, asesoría, amplificación | 829-342-4652
  • Asociación Dominicana de Ciegos: Organización de advocacy

⚖️ Conoce tus Derechos. Exígelos. Cámbialos Todo.

Derechos sin ejercer son derechos perdidos.

200,000 dominicanos ciegos merecen vivir con dignidad que la ley garantiza.

💬 Necesito Asesoría 🔗 Más Recursos

Conclusión: Derechos que No se Exigen, No Existen

República Dominicana tiene marco legal progresista protegiendo personas con discapacidad visual. En papel, es ejemplar.

Pero leyes sin aplicación son ficción legal.

La brecha entre derechos garantizados y derechos ejercidos es abismo brutal. 200,000 personas viven como si esas protecciones no existieran.

¿Por qué?

Porque esperamos que gobierno haga cumplir. Pero gobierno solo actúa bajo presión.

La presión viene de ciudadanos informados que conocen sus derechos y los exigen incansablemente.

Cada vez que persona ciega dice “esto es ilegal, exijo cambio”, mueve el sistema un milímetro. Cuando 200,000 lo hacen, el sistema cambia radicalmente.

Esta guía es tu herramienta. Úsala. Compártela. Exige lo que te corresponde.

Porque dignidad no es favor. Es derecho. Y los derechos se ejercen, no se mendigan.

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